Estampillas Departamentales
¿Cómo se debe presentar el formulario de Estampillas Departamentales?
Debe presentarse el formulario legible, totalmente diligenciado, suscrito y con el soporte de pago al Departamento, a través de los correos electrónicos: formulario.estampillas@cundinamarca.gov.co con copia a estampillas.tesoreria@cundinamarca.gov.co.
¿Cuál es el formulario de presentación para el pago de las Estampillas Departamentales?
Se debe realizar el reporte mensual en el Formulario Estampillas Departamentales Departamental a Código: A-GI-FR-169 Versión 4, debidamente y completamente diligenciado (incluyendo sus anexos, sin omitir dato alguno y suscrito por quienes corresponda). El formulario puede ser descargado a través del siguiente enlace.
https://www.cundinamarca.gov.co/dependencias/sechacienda/impuestos/estampillas
¿Cuál es el fundamento normativo que regula las Estampillas Departamentales en el departamento de Cundinamarca para la vigencia 2026?
- Ordenanza 039 del 2020.
- Ordenanza 105 del 2023.
- Resolución 00002428 del 24 de diciembre de 2025 “POR LA CUAL SE ACTUALIZAN LOS VALORES DE LAS ESTAMPILLAS DEPARTAMENTALES”.
Resolución 00002424 del 24 de diciembre de 2025 “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
¿Cuál es el plazo establecido para la presentación y pago de Estampillas Departamentales?
Los agentes recaudadores de las Estampillas Departamentales deberán liquidar y pagar mensualmente los valores recaudados a la Administración Tributaria Departamental, mediante consignación o transferencia en las entidades financieras definidas para tal fin, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a la causación de las estampillas.
¿Cuál es la destinación de las estampillas departamentales?
Su destinación es específica, sus recursos son utilizados para ejecutar obras sociales en beneficio de la población del Departamento, como lo son: la construcción de infraestructura educativa, sanitaria y deportiva, la construcción, el fomento, el estímulo y la promoción de la cultura departamental, la inversión, mantenimiento, dotación, así como la inversión en personal especializado del Hospital Universitario la Samaritana, empresas sociales del estado hospitalaria que presta sus servicios especializados a la población cundinamarquesa de menos recursos, el apoyo por medio de becas a los estudiantes que no tienen la capacidad de pago para cancelar sus estudios en la Universidad de Cundinamarca, así como el de financiar las inversiones de la Universidad, en lo que tiene que ver con el mantenimiento, ampliación y modernización de la planta física, infraestructura tecnológica, investigación científica, modernización de un centro de archivo y documental, y por último, para contribuir a la construcción, instalación, adecuación, dotación, funcionamiento y desarrollo de programas de prevención y promoción de los Centro de Bienestar del Anciano y Centros de Vida para la tercera edad de los niveles I y II del sisben.
¿Cuáles son los actos y/o documentos que se encuentran excluidos de las Estampillas Departamentales?
- Los actos, contratos, certificaciones laborales básicas y documentos que se expidan con ocasión de la relación laboral, o a través de los cuales se protocolicen y certifique tiempo de servicio, nivel del cargo y asignación básica, o se reconozcan derechos laborales con las entidades públicas del orden departamental.
- Los actos, contratos o convenios que se celebren entre entidades públicas o administrativas del orden nacional, departamental y municipal, siempre y cuando en ellos no intervengan entidades o sujetos de derecho privado. Para efectos de esta exclusión, las sociedades de economía mixta deberán tener como mínimo el 70% de capital público.
- Los contratos en los cuales las entidades departamentales y entidades del orden nacional, municipal y privadas, concurran para la financiación de proyectos, con fundamento en el artículo 355 de la Constitución Política.
- Los actos, contratos o documentos que expidan o celebren las Empresas Promotoras de Salud (EPS), o las entidades que hagan sus veces dentro del sistema de seguridad social en salud del departamento de Cundinamarca, que se encuentren destinados a la salud.
- Los convenios o contratos a través de los cuales se ejecuten los recursos destinados al Programa de Alimentación Escolar PAE.
- Los certificados de pensión, no pensión y con mesada pensional, que expida la Unidad Administrativa Especial de Pensiones de Cundinamarca (UAEPC).
- Los contratos de infraestructura para el sector salud y de educación.
- Las primeras 1200 UVT del valor de los contratos de prestación de servicios profesionales o técnicos celebrados con personas naturales.
- Los actos mediante las cuales se ejecutan los recursos provenientes del Fondo de Ciencia y Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías.
- Las tornaguías solicitadas por la Empresa de Licores de Cundinamarca de acuerdo con lo establecido en el régimen de monopolios.
- Los actos, contratos, convenios y/o negocios jurídicos en los que intervengan las personas jurídicas a través de las cuales el departamento de Cundinamarca ejerza el Monopolio Rentístico sobre la producción directa de licores destilados y alcoholes, en desarrollo de su objeto.
- Los recursos que se ejecute como productos de las donaciones al fondo de atención del riesgo y desastres no se le aplicará las estampillas departamentales.
- La adquisición de tiquetes aéreos, SOAT matrículas de vehículos y pago de servicios públicos.
- Las certificaciones que tengan como fin acreditar los aportes voluntarios-donaciones que realicen personas naturales o jurídicas al departamento de Cundinamarca.
¿Cuáles son los agentes recaudadores que están obligados de manera directa a liquidar y recaudar las estampillas?
De acuerdo con el artículo 286 de la ordenanza 039 de 2020 son las siguientes entidades o dependencias:
- El sector central de la administración pública del departamento de Cundinamarca.
- Las entidades pertenecientes al nivel descentralizado del departamento de Cundinamarca.
- Las empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades por acciones y las sociedades de economía mixta del nivel departamental.
- Las unidades administrativas especiales y los establecimientos públicos del nivel departamental.
- La Contraloría de Cundinamarca.
- La Asamblea de Cundinamarca.
- La Universidad de Cundinamarca.
¿Cuáles son los valores a cancelar para inscripciones de profesionales para el ejercicio de la respectiva profesión partir del primero (01) de enero de 2026?
De conformidad con lo establecido en la Resolución No. 00002428 del 24 de diciembre de 2025 de la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria para la vigencia 2026 genera un cobro por un valor de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS ($161.900) M/CTE. (Se recomienda que la consignación no supere este valor por radicado)
¿Cuáles son los valores a cancelar por documento a legalizar para apostilla y/o certificaciones expedidas por funcionarios de orden departamental partir del primero (01) de enero de 2026?
De conformidad con lo establecido en la Resolución No. 00002428 del 24 de diciembre de 2025 de la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria para la vigencia 2026 genera un cobro por un valor de TREINTA MIL PESOS ($31.000) M/CTE. (Se recomienda que la consignación no supere este valor por radicado)
¿Cuándo nace la obligación de las Estampillas Departamentales?
Con la expedición o suscripción de actos y documentos gravados en los cuales participen o intervengan las dependencias, entidades o empresas del nivel central y descentralizado del departamento de Cundinamarca.
¿Por qué Canales se puede solicitar información un contribuyente Estampillas Departamentales?
- Puede encontrar todo lo relacionado con Estampillas Departamentales en la página Web de la Gobernación de Cundinamarca en el siguiente enlace Estampillas | Secretaría de Hacienda (cundinamarca.gov.co) .
- En la línea de Atención al Usuario, por Whastsapp para Trámites Tributarios en Cundinamarca 3009108880 Opción 4, puede recibir mayor información.
- Atención directa en la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria, Sede Administrativa. Calle 26 # 51-53. Torre de Salud Piso 1 – Centro de Atención al Contribuyente. Bogotá, D.C. Horario de atención de lunes a viernes de 8:00AM a 5:00PM y al correo electrónico formulario.estampillas@cundinamarca.gov.co
¿Qué Estampillas ha adoptado el departamento de Cundinamarca?
- Estampilla Pro-Desarrollo Departamental.
- Estampilla Pro-Electrificación Rural.
- Estampilla Pro-Hospitales Universitarios de Cundinamarca.
- Estampilla Pro-Cultura. ·Estampilla de Pro-Desarrollo de la Universidad de Cundinamarca (UDEC).
- Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor.
¿Qué hay que tener en cuenta para definir la liquidación de las Estampillas Departamentales?
Para definir la liquidación de las Estampillas Departamentales, hay que tener en cuenta si el acto o documento que genera el tributo es sin cuantía, es decir, aquellos que no incorporan derechos apreciables pecuniariamente en favor de los particulares, o con cuantía, cuando el acto o documento genera giros o pagos pertenecientes a las cuentas a cargo del Tesoro Departamental o de sus entidades descentralizadas.
¿Que son las Estampillas Departamentales?
Las Estampillas Departamentales son tributos documentales y su causación es instantánea, es decir, se causan de manera simultánea a la realización del hecho generador, y tienen por objeto gravar documentos o actos en los cuales interviene una entidad del Departamento de Cundinamarca.